En principio, la mayoría de los gases refrigerantes comúnmente usados no son inflamables ni tóxicos, excepto ciertas excepciones.
Entonces, ¿por qué hay normativas europeas que obligan a la instalación de detectores en salas de refrigeración y también hay una ley para la gestión de los residuos de dichos gases?
La respuesta es que pese a no ser dañinos a la capa de ozono, si son gases con riesgo potencial de producir efecto invernadero.
El reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas es de obligado cumplimiento, pues lo ampara el Real Decreto 138/2011 de 4 de febrero, publicado en el BOE el martes 8 de marzo de 2011. Asimismo, ese reglamento es ampliado en parte y modificado por el Real Decreto 115/2017 por el que se regulan diversos elementos y en lo que nos afecta los requisitos técnicos para las instalaciones que desarrollen actividades que emitan gases fluorados.
Los gases de origen humano que contribuyen al efecto invernadero son:
De los gases de efecto invernadero, este es el más importante porque es el que más se asocia a actividades humanas, y el principal responsable de este efecto. La concentración en la atmósfera se debe al uso de combustibles fósiles para procesos industriales y medios de transporte. Su emisión procede de los procesos de combustión (petróleo, carbón, madera) o bien de las erupciones volcánicas o los incendios forestales.
Su origen se encuentra en las fermentaciones producidas por bacterias anaerobias especializadas que se encuentran en zonas pantanosas, cultivos como el arroz y en las emisiones desde el tracto intestinal del ganado. También se produce por los escapes de depósitos naturales y conducciones industriales.
También originado por la quema de fuentes de energía contaminantes.
El PCA (Potencial Calentamiento Atmosférico, GWP en inglés), junto con la cantidad de gas emitida, se utiliza como parámetro relevante para medir el efecto invernadero en un determinado gas y de una determinada aplicación.
Este normalmente se define como el potencial de calentamiento que se obtiene por la emisión de 1 kg. de una sustancia comparada con el que se produciría por la emisión de 1 kg de CO2 en un periodo de 100 años.
Los refrigerantes se clasifican por grupos de seguridad de acuerdo con la siguiente tabla:
Inflamabilidad Creciente ->-> | Toxididad Creciente | ||
---|---|---|---|
Altamente inflamable | A3 | B3 | |
Altamente inflamable | A2 | B2 | |
Altamente inflamable | A1 | B1 | |
Baja Toxicidad | Alta Toxicidad |
Quedan excluidas las instalaciones con carga de refrigerante inferior a:
Se necesita instalar detección primeramente por una exigencia legal del Real Decreto 115/2017, de 17 de febrero publicado en el BOE. La instrucción IF-06 del Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas así lo dice en su apartado 4.3: Las instalaciones que empleen refrigerantes fluorados deberán contar con sistemas de detección de fugas en cada sistema frigorífico que contenga fluorados de efecto invernadero en cantidades de 500 toneladas equivalentes de CO2 o más que deberán alertar al titular de la instalación y, en su caso, a la empresa mantenedora en el momento que se detecte una fuga. Dichas alarmas y la acción adoptada deberán consignarse en el cuadro de controles periódicos de fugas del libro de registro de la instalación frigorífica. También el disponer de un sistema de detección de fugas aumenta en el doble de tiempo los programas de revisión de sistemas frigoríficos obligatorios por ley. Se deben revisar los siguientes sistemas:
Sistemas | Inmediatamente a su puesta en servicio |
---|---|
Aparatos que contengan gases fluorados de efecto invernadero en cantidades inferiores a 5 toneladas de CO2 o aparatos, sellados herméticamente, que contengan gases fluorados efecto invernadero en cantidades inferiores a 10 toneladas equivalentes de CO2. | Exentos de control periódico. |
Aparatos que contengan cantidades de 5 toneladas equivalentes de CO2 o más. | Cada doce meses (veinticuatro si cuenta con sistema de detección de fuga). |
Aparatos que contengan cantidades de 50 toneladas equivalentes de CO2 o más. | Cada seis meses (doce si cuenta con sistema de detección de fuga). |
Aparatos que contengan cantidades de 500 toneladas equivalente de CO2 o más. | Cada tres meses (seis si cuenta con sistema de detección de fuga). |
El instalar un sistema de detección de gas contribuye a espaciar más las revisiones del sistema frigorífico con el ahorro económico que conlleva. Por otro lado, también el instalar un sistema de detección de gases puede suponer un ahorro económico teniendo en cuenta el elevado coste que tienen los gases y los impuestos que gravan a los mismos, del orden de unos 100€/kg (gas e impuestos) por ejemplo para el citado gas R-134, y hasta 300€/kg para algunos. Si lo deseas puedes consultar en este documento un resumen técnico de la normativa de gases refrigerantes: Tabla PCA
Toxididad Creciente | ||
---|---|---|
Altamente inflamable | A3 | B3 |
Altamente inflamable | A2 | B2 |
Altamente inflamable | A1 | B1 |
Baja Toxicidad | Alta Toxicidad |
Sistemas | Inmediatamente a su puesta en servicio |
---|---|
Aparatos que contengan gases fluorados de efecto invernadero en cantidades inferiores a 5 toneladas de CO2 o aparatos, sellados herméticamente, que contengan gases fluorados efecto invernadero en cantidades inferiores a 10 toneladas equivalentes de CO2. | Exentos de control periódico. |
Aparatos que contengan cantidades de 5 toneladas equivalentes de CO2 o más. | Cada doce meses (veinticuatro si cuenta con sistema de detección de fuga). |
Aparatos que contengan cantidades de 50 toneladas equivalentes de CO2 o más. | Cada seis meses (doce si cuenta con sistema de detección de fuga). |
Aparatos que contengan cantidades de 500 toneladas equivalente de CO2 o más. | Cada tres meses (seis si cuenta con sistema de detección de fuga). |
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